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4. Exenciones

4. Exenciones
  • Operaciones médicas y sanitarias
      • Hospitalización y asistencia sanitaria realizadas por entidades de Derecho Público o entidad en Régimen de precios autorizados o comunicados. 
      • Asistencia de persona médica o sanitario a personas físicas, siempre y cuando consistan en SERVICIOS DE DIAGNÓSTICO, PREVENCIÓN O CURACIÓN. 
      • Entregas de sangre, plasma y demás fluidos y tejidos para fines médicos. 
      • Estomatólogos y dentistas.
  • Actividades educativas 
      • Educación a la infancia y la juventud, guarda y custodia de niños, incluyendo el cuidado en los recreos (tiempo intelectivo), enseñanza escolar, universitaria, posuniversitaria, idiomas y FP o reciclaje; realizadas por centro público o AUTORIZADOS. 
      • Clases a título particular de materias incluidas en planes de estudio oficiales. 
  • Exenciones sociales, culturales y deportivas
    • Asistencia social*
    • Cesiones de personal (párrocos) en universidades y hospitales
  • Entregas de bienes, a los socios de asociaciones y similares de naturaleza política, religiosa, patriótica, filantrópico o cívica. 
  • Ventas realizadas por partidos políticos en castos o manifestaciones. 
  • Servicios de deporte o educación física*1
  • Prestaciones de servicios culturales específicos*1
  • Servicios de artistas y similares, prestado por ellos, incluidos los derechos de autor. 
  • Operaciones de Seguro y financiación
    • Seguro reaseguro y capitalización u las operaciones de mediación para las anteriores. 
    • Operaciones financieras SALVO gestión de cobro de créditos y documentos cambiario (ad. Ex. Contrato de factoring). 
  • Operaciones inmobiliarias, salvo renuncia* 2
    • Terrenos rústicos
    • Segundas y ulteriores entregas de edificaciones acordes al concepto establecido en el art. 6 LIVA.

Exenciones iva

 

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