Conforme a la normativa, son residentes fiscales en España y contribuyentes por el Impuesto sobre Sociedades:
Debe tenerse en cuenta que cuando una sociedad tenga su residencia en un territorio calificado por España como paraíso fiscal; la administración tributaria podrá presumir que esta tiene su residencia en territorio español cuando sus activos principales, directa o indirectamente, consistan en bienes situados o derechos que se cumplan o ejerciten en territorio español, o cuando su actividad principal se desarrolle en este, salvo que dicha entidad acredite que su dirección y efectiva gestión tienen lugar en aquel país o territorio, así como que la constitución y operativa de la entidad responde a motivos económicos válidos y razones empresariales sustantivas distintas de la gestión de valores u otros activos.
Asimismo, conforme a lo establecido en el art. 18 de la Ley del Impuesto sobre los no Residentes, su base imponible se determinará conforme a las reglas del Impuesto sobre Sociedades.
Si desea información sobre la tributación de entidades no residentes, puede consultar la Guía de Impuesto sobre no Residentes de Kreston Iberaudit.