Estando en campaña para la presentación del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas y del Patrimonio, les informamos de la documentación necesaria y conveniente para realizar las declaraciones y cuyo plazo de presentación finaliza el 30 de junio de 2020.
Si decide domiciliar el pago, finaliza el plazo el 25 de junio de 2020.
DOCUMENTACIÓN A PREPARAR:
– La Información fiscal que facilita la Agencia Tributaria, solicitando la misma voluntariamente a través de Internet (www.aeat.es), indicando NIF, la fecha de validez del DNI o la fecha de Expedición si es permanente, indicando el importe de la casilla 505 de la declaración del ejercicio 2018 y ratificando su domicilio fiscal.
– Identificación de los miembros de la Unidad Familiar (NIF, nombre y apellidos, domicilio, fecha de nacimiento, en su caso, grado de minusvalía, familia numerosa, etc.).
– Cuenta bancaria, indicando el IBAN, en la que se va a realizar el pago o devolución de la misma.
– Certificado de retenciones sobre rendimientos del trabajo, certificado de prestaciones y retenciones por pensiones, desempleo, certificado de invalidez del IMSERSO o Comunidad Autónoma, de todos los miembros de la Unidad Familiar; se deben incluir las pensiones recibidas del extranjero.
– Recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
– Importe de facturas de alquileres y de gastos, y en su caso, certificado de retenciones sobre alquileres; diferenciando los inmuebles arrendados como viviendas de otros usos. En caso de Comunidades de Bienes el Certificado de Imputación de Rentas. Obligatorio informar el NIF del arrendatario y fecha del contrato de arrendamiento.
– Si su vivienda habitual es en uso de arrendamiento, importe del alquiler, datos del propietario y referencia catastral de la misma.
– Certificados de Rendimientos y Saldos de cuentas bancarias u otros activos financieros.
– Declaraciones fiscales obligatorias de empresarios y profesionales, libros contables o de registro y certificados de las retenciones realizadas a profesionales.
– Certificados de retenciones sobre actividades agrarias.
– Documentos de adquisición, venta o donación de inmuebles, así como los justificantes de gastos aparejados a esas trasmisiones, para declarar las plusvalías o minusvalías.
– Informaciones bancarias de los valores, rendimientos, compras, ventas y gastos cargados. En su caso, con la fecha de adquisición y venta.
– Información de Operaciones Societarias.
– Resúmenes de operaciones realizadas con fondos de inversión y similares.
– Aportaciones a Planes de Pensiones.
– Anualidades pagadas o cobradas, en su caso, a cónyuges e hijos.
– Importe de los pagos realizados para la adquisición de Vivienda Propia, así como detalle de los pagos de hipoteca informando de la fecha de adquisición incluidos seguros vinculados al préstamo hipotecario.
– Certificado de Rescates de Seguros de Vida.
– Certificados de los donativos a entidades benéficas y gastos de colegios de hijos.
– Cualquier otra información que consideren necesaria.
OTRA INFORMACIÓN NECESARIA:
• Si desea colaborar con la Iglesia Católica u otros fines sociales.
• Si se desea compensar las rentas, en el caso de salir a pagar a uno de los cónyuges y a devolver al otro.
• Confirmación de domicilio fiscal.
• Régimen matrimonial.
• Aplicación de la deducción por maternidad, información de hijos menores de 3 años y fecha de alta de la mujer.
• Aplicación de la deducción por guardería, informar de los meses completos que los menores han estado en guardería.
La asesoría fiscal Kreston Iberaudit queda a su disposición para presupuestarle el trabajo y a su vez estudiada y analizada su declaración, le indicaremos que tipo de liquidación, separada o conjunta, le será más favorable económicamente.
Quedamos a su disposición, para cualquier duda o aclaración adicional que precise contacte con nosotros.
Nerea Arroyo Zarza
Manager de Consultoría de la oficina de Madrid