7. Obligados al Suministro Inmediato de Información
El SII es obligatorio para los empresarios y profesionales y otros sujetos pasivos cuyo periodo de liquidación coincida con el mes natural:
Grandes empresas (facturación superior a 6.010.121,04€ en el año anterior)
Grupos de IVA.
Inscritos en el REDEME (registro de devolución mensual del IVA).
Igualmente lo podrán utilizar de forma voluntaria quienes ejerzan la opción a través de la correspondiente declaración censal, en cuyo caso, su período de declaración será mensual.